En Aumente & Martos, Abogados, analizamos las principales reformas introducidas en el Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025, en virtud del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre. Este nuevo texto reglamentario desarrolla la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
¿Qué novedades encontramos en la nueva reforma del Reglamento de Extranjería?
La reforma introduce importantes novedades como la creación de nuevos permisos de residencia, la reestructuración de las figuras de arraigo, la modificación de los requisitos documentales, ajustes en las autorizaciones de estancia, y una agilización significativa en la tramitación de solicitudes.
¿Principales cambios en autorizaciones de estancia por estudios?
Si estás estudiando o planeas venir a España a estudiar, esta reforma te trae muy buenas noticias:
- Visa válida por toda la duración de los estudios: Ya no será necesario renovar la autorización cada año. Si tu grado, máster o formación dura dos o tres años, tendrás un permiso que cubre todo el periodo.
- Silencio administrativo positivo: Si no hay respuesta en un mes desde la solicitud, ¡se considera aprobada!
- Renovaciones limitadas para voluntariado o cursos de idiomas: Solo se podrá renovar una vez más por un año adicional.
- Facilidades para familiares: Podrán solicitar el permiso desde su país o ya estando en España. Además, los hijos de los titulares de visa de estudiante recibirán automáticamente la autorización de estancia.
- Transición directa al trabajo: Si consigues un contrato o te das de alta como autónomo mientras estudias, podrás seguir trabajando sin interrupciones. Incluso si esperas la resolución, tendrás autorización temporal.
- Residencia de 4 años tras los estudios: Si estudiaste por más de un año, puedes acceder directamente a un permiso de residencia de larga duración.
Nueva tarjeta de residencia para familiares de españoles
Uno de los grandes avances de esta reforma es la creación de una tarjeta específica para familiares de ciudadanos españoles, con condiciones mucho más favorables que las actuales.
- Vigencia de 5 años, con derecho a vivir y trabajar en España.
- Permiso de trabajo desde el momento de presentar la solicitud (no hay que esperar a la resolución).
- Ampliación del concepto de familia:
Incluye cónyuges, parejas estables, hijos, padres, hijos de españoles de origen, cuidadores de ciudadanos españoles, tutores legales de menores españoles y familia extensa. - Nuevos límites de edad:
- Hijos reagrupables hasta los 26 años (antes 21).
- Padres no deben demostrar dependencia si tienen más de 80 años.
- Derecho a la reagrupación familiar desde el inicio.
Reforma del Reglamento de Extranjería 2025: Cambios en los Tipos de Arraigo en España
A partir del 20 de mayo de 2025, España implementará una reforma significativa en su Reglamento de Extranjería, introduciendo modificaciones clave en las modalidades de regularización para personas extranjeras que se encuentran en situación irregular. Entre los cambios más importantes se encuentran las nuevas condiciones para acceder a los distintos tipos de arraigo, una figura que permite regularizar la estancia en el país a personas extranjeras sin permiso de residencia. A continuación, detallamos los tipos de arraigo más relevantes y sus principales novedades.
1. Arraigo Social: Facilitando la integración de quienes llevan años en el país
El arraigo social (a partir de la reforma, sociolaboral), es uno de los mecanismos más utilizados para regularizar a personas extranjeras que han establecido vínculos con la sociedad española. Con la reforma de 2025, este tipo de arraigo sufre cambios sustanciales para facilitar el proceso de regularización.
Requisitos principales:
- Residencia continuada en España durante al menos dos años (antes se requerían tres).
- Tener vínculos familiares con personas extranjeras con residencia legal en España, o, en su defecto, un informe favorable de inserción social.
- Acreditar medios económicos suficientes, ya sea a través de un contrato de trabajo, ingresos por cuenta propia o una propuesta de autoempleo.
Novedades:
- Se reduce el tiempo de residencia necesario, de tres a dos años.
- Se amplía la posibilidad de acreditar medios económicos con una mayor flexibilidad, permitiendo más alternativas a quienes no cuenten con un contrato de trabajo tradicional.
2. Arraigo Sociolaboral: Reconociendo la contribución al mercado de trabajo
El arraigo laboral está dirigido a personas que han trabajado en España de forma irregular, pero de manera continua. Este tipo de arraigo permite regularizar la situación de aquellos que han sido parte activa del mercado laboral español sin la documentación necesaria.
Requisitos principales:
- Residencia continuada en España durante al menos dos años.
- Trabajo en España durante al menos seis meses (acreditado mediante contrato de trabajo o resolución administrativa).
Novedades:
- La reforma introduce la posibilidad de regularizar a personas que han trabajado en la economía sumergida, siempre y cuando exista una denuncia ante la inspección de trabajo o un acta administrativa que lo acredite.
- Menor exigencia de tiempo en algunos casos para quienes hayan trabajado irregularmente en sectores clave, permitiendo que el tiempo de trabajo se considere de manera más flexible.
3. Arraigo Familiar: Promoviendo la reunificación familiar
El arraigo familiar facilita la regularización de personas extranjeras que tienen lazos familiares con ciudadanos españoles o residentes legales en España. Este tipo de arraigo, que prioriza la reunificación familiar, también ha sido modificado para incluir más casos.
Requisitos principales:
- Ser padre, madre o tutor legal de un menor ciudadano español o de la Unión Europea.
- Ser responsable del cuidado de una persona dependiente o con discapacidad que resida legalmente en España.
Novedades:
- Ampliación de los supuestos de reagrupación familiar, incluyendo a más tipos de familiares como hermanos o parejas no registradas que puedan acreditar una relación estable y duradera.
- Duración más prolongada de la autorización inicial, que pasará de dos a cinco años.
4. Arraigo Socioformativo: Una oportunidad para la formación y el empleo
Una de las grandes novedades de la reforma es la creación del arraigo formativo, que permite a los extranjeros en situación irregular acceder a una autorización de residencia y trabajo si se comprometen a realizar una formación que mejore su empleabilidad en el mercado laboral español.
Requisitos principales:
- Residencia continuada en España durante al menos dos años.
- Compromiso de realizar una formación reglada que favorezca la inserción laboral, como formación profesional, cursos de especialización o programas relacionados con el empleo.
Novedades:
- Este tipo de arraigo otorga una autorización de residencia por un año, prorrogable por otro, y permite trabajar desde el inicio de la formación.
- Al finalizar la formación, es posible cambiar la autorización a trabajo si la persona consigue un empleo relacionado con la capacitación recibida.
5. Arraigo de Segunda Oportunidad: Recuperando la residencia
El arraigo de segunda oportunidad es una nueva modalidad introducida con la reforma, destinada a quienes han perdido su permiso de residencia en los últimos dos años por causas ajenas a ser una amenaza para la seguridad nacional o pública.
Requisitos principales:
- Haber tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y haberla perdido.
- No haber incurrido en conductas que representen una amenaza para el orden público o la seguridad.
Novedades:
- Esta nueva modalidad ofrece una segunda oportunidad para recuperar la residencia, evitando que las personas que han perdido su estatus legal por causas externas no relacionadas con el incumplimiento de la ley se queden en una situación de irregularidad prolongada.
Otras modificaciones relevantes:
- Reagrupación familiar: Se amplía la edad de los hijos reagrupables hasta los 26 años y se incluyen parejas no registradas formalmente que acrediten una relación estable.
- Visados y autorizaciones: Todas las autorizaciones iniciales tendrán una duración de 1 año, con renovaciones de 4 años.
- Trabajadores temporales: Se refuerzan los derechos de los trabajadores de temporada, facilitando la transición a permisos de trabajo más estables.
Estas reformas buscan agilizar la regularización de personas migrantes, facilitar su integración laboral y familiar, y adaptar la normativa a la realidad migratoria actual en España
Conclusiones:
Esta reforma supone un gran paso hacia una extranjería más humana, flexible y adaptada a la realidad actual. Desde la mejora de los trámites para estudiantes, hasta nuevas figuras como el arraigo de segunda oportunidad o los cambios para familiares de españoles, estas medidas benefician a miles de personas.
En Aumente & Martos, Abogados, estamos aquí para ayudarte a interpretar y aprovechar estas nuevas oportunidades. Si tienes dudas o necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en contactarnos.

