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Cesión Ilegal de trabajadores

AUMENTE & MARTOS

Expertos en Despidos colectivos

¿Qué es la Cesión Ilegal de trabajadores? ¿Qué circunstancias deben darse para que haya cesión ilegal de trabajadores?

En Aumente & Martos Abogados, somos especialistas en Derecho Laboral y en temas relacionados con cesión ilegal de trabajadores.

 

Para que podamos hablar de cesión ilegal de trabajadores, es necesario que se den alguna de las siguientes circunstancias:

 

  • Que una empresa (cedente), contrate a un trabajador y después lo ponga a disposición de una segunda empresa, (cesionaria), para la que presta finalmente su trabajo.
  • La empresa cedente no tiene actividad propia y estable, no cuenta con los medios necesarios para el desarrollo de la actividad y no ejerce funciones de dirección y control sobre el trabajador.
  • Que la empresa cesionaria sea la que realiza las funciones de dirección y control.

¿Qué requisitos deben cumplirse para entender que existe una cesión ilegal de trabajadores?

  1. Que el centro de trabajo esté ubicado en las instalaciones de la empresa cesionaria.
  2. Que la empresa cesionaria organice el horario y jornada del trabajador.
  3. Las vacaciones las establezca la empresa cesionaria.
  4. Que las directrices e instrucciones para organizar el trabajo vengan por parte del personal de la empresa cesionaria.
  5. Que el trabajador tenga que rendir cuentas a responsables de la empresa cesionaria, en lugar de a la empresa que le ha contratado.
  6. Que la empresa cesionaria sea quien ejerza funciones sancionadoras.
  7. Que el trabajador forme parte del organigrama de personal de la empresa cesionaria.
  8. Que los medios de producción, instrumentos y material de trabajo los ponga la empresa cesionaria.
  9. Que el trabajador se acredite frente a terceros como trabajador de la empresa cesionaria, (vestimenta corporativa, tarjetas de visita, email corporativo, etc).

¿Qué puedo hacer el trabajador ante una cesión ilegal de trabajadores?

El trabajador que sea víctima de cesión ilegal de trabajadores entre dos empresas, puede impugnar dicha situación presentando una papeleta de conciliación ante el SMAC, (Servicio de Mediación y Arbitraje de la Comunidad de Madrid), y una posterior demanda ante los Juzgados de lo Social, mientras subsista la relación laboral.

Si tienes cualquier duda rellena el siguiente formulario y nos pondremos en contacto lo antes posible.

¿Qué hacer en caso de despido?

Si el trabajador que sufre está situación de cesión ilegal de trabajadores es despedido, se deberá impugnar el despido demandando solidariamente a las dos empresas, cedente y cesionaria.

En caso de que la acción de cesión ilegal prospere, el trabajador se podrá beneficiar de los siguientes derechos:

  • Si el contrato del trabajador era temporal, con la declaración de la cesión ilegal tendrá derecho a adquirir la condición de trabajador fijo, pudiendo optar por pertenecer tanto a la empresa cedente como a la cesionaria.
  • En caso de despido, si el trabajador demandó a ambas empresas y se declara la improcedencia del despido, el trabajador podrá optar por integrarse en la plantilla de cualquiera de las dos empresas, aunque la empresa que haya elegido el trabajador pueda optar por indemnizarle en lugar de readmitirle, respondiendo solidariamente ambas empresas de abonar la indemnización al trabajador.
  • Si la empresa despide o no renueva al trabajador a consecuencia de que éste haya impugnado la situación de cesión ilegal de trabajadores, el despido puede ser declarado nulo, por entenderse que la empresa ha actuado como represalia frente al trabajador.
  • El trabajador adquirirá los derechos y obligaciones de la empresa cesionaria y podrá reclamar diferencias salariales con el límite de un año.

¿Qué sanción puede tener una empresa que incurra en cesión ilegal de trabajadores?

La cesión ilegal de trabajadores se considera una infracción laboral muy grave, tipificada en el artículo 8.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que se sanciona como Infracción muy grave, con multa con multa, en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros; y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.

Si te has visto afectado por una cesión ilegal de trabajadores y necesitas que un Abogado experto en Cesión ilegal de trabajadores te ayude, no dudes en ponerte en contacto con nuestro Despacho.

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