aumente martos abogados logo

LLÁMANOS

692 25 52 58
611 69 38 97

HORARIO

Lun-Jue: 9-14 y 16 - 19 h. Viernes: 9 - 14 h.

Reconocimiento de la relación Laboral

AUMENTE & MARTOS

Expertos en Despidos colectivos

En Aumente & Martos Abogados, somos especialistas en Derecho Laboral y en casos de reconocimiento de la relación laboral, también llamados (Falso Autónomo).

¿Qué es un Falso Autónomo?

Un “falso autónomo”, es un fraude laboral que consiste en que un trabajador que presta su servicio por cuenta ajena para una empresa, en lugar de tener un contrato de trabajo y estar dado de alta en el Régimen General de Seguridad Social, se ve obligado por su empleador a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, sin que exista formalmente una vinculación laboral, con el consiguiente ahorro y beneficios para la empresa, y vulneración de Derechos al trabajador.

¿Qué hacer si estoy trabajando como “falso autónomo”?

Si estás trabajando de forma ilegal como “falso autónomo”, se puede reconocer la existencia de la relación laboral a través de un procedimiento de reconocimiento de relación laboral que se presenta ante los Juzgados de lo Social, con el fin de que un juez declare la existencia de la relación laboral entre trabajador y empresa, con todos los derechos inherentes a una relación laboral, (cotizaciones a la seguridad social, reconocimiento de un contrato de trabajo, antigüedad, derechos laborales, vacaciones, salarios no abonados, etc).

¿Qué requisitos deben darse para que exista un “falso autónomo”?

Los requisitos para considerar a un trabajador por cuenta ajena son los siguientes:

 

  1. En un contrato laboral, trabajador y empresa prestan su consentimiento libre y voluntariamente.
  2. Existe dependencia cuando la empresa organiza el trabajo, decide los horarios, tareas, objetivos y vacaciones del trabajador.
  3. La empresa obliga al trabajador a utilizar los medios (instalaciones, muebles, informática, etc.) propiedad del empresario y es éste quien asume el riesgo de la actividad.
  4. Retribución. El trabajador percibe una remuneración fija y periódica.

Si tienes cualquier duda rellena el siguiente formulario y nos pondremos en contacto lo antes posible.

¿Cómo acreditar la existencia de la relación laboral?

Para acreditar la existencia de la relación laboral, podremos valernos de cualquier prueba que sea admisible en Derecho, (prueba documental, emails con los responsables de la empresa, calendario de vacaciones, emails recibiendo directrices, testigos, etc).

Por supuesto, si el trabajador continúa trabajando en la empresa, resulta muy conveniente que se presente una Denuncia ante la Inspección de trabajo poniendo en conocimiento de la autoridad laboral todos estos hechos, a fin de que se realice una inspección y se plasme en un Informe público la situación irregular y fraudulenta en la que se encuentra el trabajador.

Si el trabajador no se dio de alta en el Régimen Especial de Autónomos, y trabaja sin contrato, ¿se puede pedir el reconocimiento de la relación laboral?

, aunque el trabajador no esté dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, podrá presentar un procedimiento exigiendo el reconocimiento de la relación laboral ante un Juez.

Una vez haya una sentencia reconociendo la relación laboral, se presumirá que el contrato laboral fue celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo que por la empresa se haya demostrado una naturaleza temporal del contrato, y jornada parcial.

¿Puedo solicitar el reconocimiento de la relación laboral si ya no trabajo en la empresa?

, el trabajador podrá solicitar el reconocimiento de la relación laboral incluso aunque ya no trabaje en la empresa. Si la empresa ha decidido prescindir de los servicios del trabajador, también podrá impugnar el despido dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde la notificación del despido.

¿Qué beneficios reconoce al trabajador el reconocimiento de la relación laboral?

  1. Cotizaciones en nuestra Vida Laboral de los últimos 4 años, que contabilizará a efectos de jubilación.
  2. Posibles diferencias salariales a favor del trabajador.
  3. Posibilidad de obtener permiso de residencia en España a los extranjeros.
  4. Posibilidad de percibir prestación por desempleo e indemnización en caso de despido.                                                                                                         

Si necesitas que un Abogado laboralista te asesore acerca del reconocimiento de la relación laboral, no dudes en ponerte en contacto con nuestro Despacho.

Join our newsletter and get 20% discount
Promotion nulla vitae elit libero a pharetra augue